Fecha de inicio solicitud: 16/10/26
Fecha de fin solicitud: 05/11/26
Presupuesto: 3.600.000 €
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales radicados en canarias inscritos en el registro integrado industrial
Organismo: Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos del Gobierno de Canarias
Objetivos: Contribuir al mantenimiento de la actividad productiva industrial en Canarias, compensando parcialmente el sobrecoste de combustibles afectos al proceso productivo derivado de la crisis en Oriente Medio y preservando la competitividad de los establecimientos industriales afectados.
Tipo de abono: Pago previa justificación una vez dictada la resolución definitiva de concesión, a través de la entidad colaboradora Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC); no es abono anticipado ni pago a cuenta
Máximo subvencionable: 300.000 €
Características:
Personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales radicados en Canarias, cualquiera que sea el lugar de la Unión Europea en que se encuentre su domicilio social o centro principal de actividad
Establecimiento inscrito con anterioridad al 1 de marzo de 2026 en la división A del Registro Integrado Industrial
Una solicitud por establecimiento industrial; una misma entidad puede presentar solicitudes para distintos establecimientos
Haber soportado gastos de combustible efectivamente realizados, pagados y afectos directamente al proceso productivo
Cumplir el régimen de minimis (límite de 300.000 € para la empresa única durante cualquier periodo de tres años)
No estar incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 ni tener deudas por reintegro de subvenciones
Alta de tercero en SEFLogIC
Excluidos: establecimientos cuya actividad principal sea energética o comercialización de combustibles, Administraciones y sector público, sectores excluidos del Reglamento (UE) 2023/2831 y empresas con orden de recuperación pendiente
Periodo de referencia: 1 de enero a 28 de febrero de 2026; periodo de observación: 1 de marzo a 30 de junio de 2026
Gastos elegibles:
Adquisición de combustibles líquidos, gaseosos o sólidos de uso energético, efectivamente suministrados, facturados y pagados, destinados de forma directa al proceso productivo industrial (hornos, calderas, secaderos, quemadores, cogeneración para autoconsumo, etc.)
Solo el precio neto del combustible, excluido el Impuesto General Indirecto Canario y demás impuestos, recargos, penalizaciones e intereses
No subvencionables: combustibles para transporte, flotas y maquinaria móvil, usos domésticos, administrativos o comerciales, reventa, consumos estimados, no facturados, no pagados o abonados en efectivo
Documentación a entregar:
Formulario electrónico de solicitud con declaración responsable
Documento acreditativo de la representación
Acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si no se autoriza su comprobación
Relación clasificada de facturas y gastos de combustible de los periodos de referencia y observación
Copia digitalizada de las facturas o documentos equivalentes
Justificantes bancarios de pago efectivo de las facturas
Memoria justificativa de imputación en caso de facturas globales, depósitos comunes, consumos mixtos o suministros de varios establecimientos
Documentación técnica, contable o interna que acredite la afectación directa del combustible al proceso productivo, cuando sea necesaria
Número de inscripción en el Registro Integrado Industrial y datos bancarios o alta de tercero en SEFLogIC