El Ayuntamiento de la Villa de Garafía ha establecido las bases reguladoras para otorgar ayudas económicas destinadas a emprendedores y empresas de reciente creación en el municipio. Este programa busca dinamizar la economía local mediante tres líneas de actuación: el establecimiento de nuevas actividades, la cobertura de gastos operativos y la ejecución de mejoras en infraestructuras o contratación de personal. Las subvenciones, que pueden alcanzar un máximo de 1.500 euros, están sujetas a requisitos estrictos, como mantener la actividad comercial durante al menos un año. El proceso de selección se realizará mediante concurrencia competitiva, priorizando las solicitudes según el orden de registro hasta agotar el presupuesto disponible. Los interesados deben formalizar su petición en un plazo de diez días hábiles tras la publicación oficial, aportando la documentación técnica y tributaria requerida.
LÍNEA 1: POR ESTABLECIMIENTO
AYUDA: Ayuda fija para la constitución o creación de una actividad económica en el municipio de la Villa de Garafía.
BENEFICIARIOS: Personas físicas, jurídicas, empresas de economía social, sociedades civiles o comunidades de bienes que inicien actividad desde el 1 de enero hasta el día anterior a la convocatoria.
CUANTÍA MÁXIMA: 500,00 €
GASTOS SUBVENCIONALES: Gastos derivados de la constitución o creación de la actividad económica.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Debe quedar justificada en el momento de presentar la solicitud.
REQUISITOS: Tener establecimiento abierto en Garafía; mantener actividad al menos un año tras la resolución; alta en RETA/Censo a partir del 1 de enero.
LÍNEA 2: POR ASUNCIÓN DE GASTOS
AYUDA: Subvención para cubrir gastos operativos y de inversión necesarios para el desarrollo del proyecto empresarial.
BENEFICIARIOS: Emprendedores y empresas de reciente creación (constituidas desde el 1 de enero del año de la convocatoria) con establecimiento abierto en Garafía.
CUANTÍA MÁXIMA: 1.000,00 €
GASTOS SUBVENCIONALES: Alquiler/compra de locales, maquinaria, mobiliario, equipos informáticos, vehículos serigrafiados, software, publicidad, honorarios de proyectos y reformas.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.
REQUISITOS: TGastos realizados y pagados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre; facturas pagadas (pagos en metálico solo permitidos para importes < 300,00 €).
LÍNEA 3: POR MEJORAS REALIZADAS EN LOS ESTABLECIMIENTOS Y/O SERVICIOS
AYUDA: Ayuda para la mejora, ampliación de establecimientos existentes o la contratación de nuevos empleados.
BENEFICIARIOS: Empresas o autónomos con inicio de actividad en los 3 años anteriores a la convocatoria que realicen inversiones de mejora en el año vigente.
CUANTÍA MÁXIMA: 1.000,00 €
GASTOS SUBVENCIONALES: Obras de reforma, adquisición/arrendamiento de nuevos locales, salarios de personal de reciente contratación y nuevos elementos de transporte serigrafiados.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria.
REQUISITOS: Mantener la actividad un año; acreditación de contratos y nóminas; inversiones ejecutadas íntegramente en el año de la convocatoria.