Inicio plazo de solicitud: 27/10/26
Fin plazo de solicitud: 16/11/26
Presupuesto: 9.000 €
Beneficiarios: personas físicas propietarias de viviendas en la isla de la palma que instalen mini-aerogeneradores de autoconsumo
Organismo: Excmo. Cabildo Insular de La Palma
Objetivos: Fomentar la autogeneración de energía eléctrica con fuentes renovables, reducir la dependencia de combustibles fósiles y mejorar la eficiencia y autonomía energética de los hogares de la isla de La Palma mediante la adquisición e instalación de mini-aerogeneradores de autoconsumo.
Tipo de abono: Pago único a posteriori mediante transferencia bancaria, previa justificación de la realización del proyecto
Intensidad de ayuda: 75 %
Máximo subvencionable: 3000.00€
Características:
Personas físicas propietarias de viviendas ubicadas en la isla de La Palma, de uso habitual o segunda vivienda
Tener domicilio o sede social en la isla de La Palma
Mini-aerogenerador de potencia nominal igual o inferior a 5 kW según la norma IEC 61400-2
Equipos nuevos con certificado y marcado CE
Instalación ejecutada por empresas instaladoras autorizadas e inscritas en el Registro Integrado Industrial
Se incluyen instalaciones nuevas y ampliaciones de instalaciones mini-eólicas existentes; no son subvencionables reparaciones ni mera sustitución de elementos
Emplazamiento conforme a la normativa urbanística municipal (licencia de obras o declaración responsable) y a las servidumbres aeronáuticas
Una sola solicitud por peticionario
No se atienden solicitudes de edificaciones con expediente de disciplina urbanística con orden de demolición o restablecimiento de la legalidad firme
Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no estar incurso en las prohibiciones del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003
Acreditar la titularidad o derecho de uso del inmueble
Mantener visible la publicidad (cartel) durante un mínimo de cuatro años desde el abono de la subvención
Gastos elegibles:
Coste de adquisición del equipo aerogenerador (turbina, mástil, controlador de carga e inversor)
Instalación eléctrica asociada conforme al REBT
Estructuras de soporte y anclaje
Mano de obra de instalación y legalización
IGIC cuando no sea susceptible de recuperación o compensación por el beneficiario
Criterios de evaluación:
Tipología de la actuación (hasta 25 puntos): nueva instalación 25 puntos; ampliación de instalación mini-eólica existente 10 puntos
No haber sido beneficiario en anteriores convocatorias del Cabildo para la misma finalidad (25 puntos): no haberlo sido 25 puntos; haberlo sido 0 puntos
Vivienda de uso permanente y/o familiar (25 puntos): vivienda de uso permanente y/o familiar acreditada con certificado de empadronamiento 25 puntos; segunda vivienda 15 puntos
No haber solicitado/recibido ayuda compatible para el mismo fin (25 puntos): no haberla solicitado/recibido 25 puntos; haberla solicitado/recibido 0 puntos
Máximo 100 puntos; en caso de empate, orden cronológico de presentación de la solicitud completa
Documentación a entregar:
Modelo normalizado de solicitud (ANEXO I)
DNI/NIE del solicitante y, en su caso, acreditación de la representación
Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 (ANEXO II)
Declaración responsable de otras subvenciones o ayudas (ANEXO III)
Certificaciones de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o autorización de consulta (ANEXO IV)
Modelo de Alta de Tercero del Cabildo (si no consta ya)
Presupuesto detallado emitido por empresa instaladora autorizada
Memoria técnica de la instalación (ANEXO V)
Ficha técnica del aerogenerador (Sección C del ANEXO I)
Documentación acreditativa de la titularidad o derecho de uso del inmueble
Declaración responsable de no encontrarse el inmueble en expediente de disciplina urbanística con orden firme de demolición (ANEXO VI)