Si no puedes ver bien esta newsletter haz click aquí

REDCIDE
 
TE AYUDAMOS A INNOVAR
 
 

Subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial de Canarias 2026

 

Fin del plazo de solicitud: 10/07/26

 

Presupuesto: 10.514.741 €

 

Beneficiarios: pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el sector industrial de Canarias

 

Organismo: Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos

 

Objetivos: Fomentar la competitividad del sector industrial de Canarias mediante su modernización y diversificación, a través de la promoción de la inversión productiva, el apoyo a la calidad de la producción y el impulso a la industrialización de la construcción.

 

Tipo de abono: Abono anticipado disponible previa solicitud expresa, sin régimen de garantías cuando proceda.

 

Características:

Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2026.

Se contemplan tres grandes líneas de actuación: promoción de la inversión productiva (Línea I), modernización y calidad (Línea II) e impulso a la industrialización de la construcción (Línea III).

Se fomenta la mejora de la compatibilidad con la economía circular y el desarrollo de proyectos en el marco de la Industria 4.0.

La subvención concedida tendrá carácter anual, con plazo de ejecución hasta el 31 de octubre de 2026 y plazo de justificación hasta el 15 de noviembre de 2026.

Posibilidad de abono anticipado de la subvención; en caso de concederse, los plazos de ejecución y justificación se amplían al 31 de diciembre de 2027.

Se designa al Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC) como entidad colaboradora para la gestión de la convocatoria.

Las solicitudes deben presentarse obligatoriamente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

El plazo para resolver y notificar el procedimiento de concesión será de cinco meses desde la publicación del extracto en el BOC.

 

Gastos elegibles:

Línea I y subtipo 3.1 de Línea III: actuaciones de inversión productiva, incluyendo bienes de equipo, instalaciones técnicas, obras de nueva construcción y software específico de control y gestión del proceso productivo.

Línea II y subtipo 3.2 de Línea III: costes externos de consultoría y/o ensayos para implantación de normas de calidad certificables, inversiones en obras menores, instalaciones y bienes de equipo.

Subtipo 2.3 de Línea II: costes de ingeniería y desarrollo técnico, consultoría y servicios técnicos asociados al diseño o ecodiseño, prototipos y ensayos, materiales y componentes para el rediseño, formación de personal, comunicación y lanzamiento del producto.

En el supuesto de adquisición de bienes inmuebles (Línea I y III), debe aportarse certificado de tasador independiente acreditado.

No se valorarán conceptos de obra civil realizados sobre terrenos o edificios ajenos al establecimiento industrial objeto de intervención.

 

Criterios de evaluación:

Criterios de valoración establecidos en la base específica 4.ª de las bases reguladoras, incluyendo entre otros: características de la empresa (tamaño, empleo), calidad técnica del proyecto, impacto económico y medioambiental.

Se valora que la empresa cuente con autodiagnóstico sobre transformación digital en la herramienta HADA, actualizado al año de la convocatoria y culminado con la emisión de informe, a la fecha de solicitud.

 

Documentación a entregar:

Instancia de solicitud mediante formulario electrónico disponible en la aplicación telemática de gestión, incluyendo declaración responsable del cumplimiento de las condiciones impuestas por las bases.

Documentos acreditativos de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre.

Memoria técnica del proyecto según modelo aprobado para cada línea de actuación, disponible en la aplicación telemática.

Tres presupuestos o justificación de su ausencia, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones.

Documentación acreditativa de la capacidad financiera: impuesto sobre sociedades de los dos últimos ejercicios (entidades jurídicas) o IRPF y balances de los dos últimos ejercicios (personas físicas).

Para actuaciones de Línea I y subtipo 3.1 de Línea III que incluyan nueva construcción: documentación acreditativa de no inicio de las inversiones.

Para actuaciones de Línea II y subtipo 3.2 de Línea III: acreditación documental de requisitos del consultor y/o informe técnico justificativo si se incluyen obras menores o bienes de equipo.

Comprobante de pre-solicitud de ayuda, cuando proceda, salvo para actuaciones de Línea II y subtipo 3.2 de Línea III.

Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias (estatal y autonómica) y ante la Seguridad Social (recabados de oficio salvo oposición).

Acreditación de inscripción en el Registro Integrado Industrial o declaración responsable pertinente, según corresponda.

 

Observaciones:

Las pre-solicitudes de subvención presentadas desde el 1 de enero de 2026, con anterioridad a la publicación de la convocatoria, podrán acogerse a los beneficios de esta, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la base general 8.ª. Para las subvenciones acogidas al Reglamento de minimis, la pre-solicitud no es necesaria. La dotación económica podrá incrementarse con otros créditos disponibles sin necesidad de nueva convocatoria.

Bases
Convocatoria
Sede

Si necesita ayuda consúltanos:
ADER La Palma (Felipe Lorenzo)
Teléfono: 922.42.82.52
Email: redcide@aderlapalma.org

La Red CIDE  es una iniciativa de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura. GobCan, impulsada a través de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, y cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, con una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa Operativo FEDER Canarias 2021-2027.

imagen

Darme de baja | Modificar mis datos