GASTOS SUBVENCIONABLES
Equipos fijos: Sustitución de electrodomésticos o maquinaria industrial hostelera por modelos de menor consumo. Renovación de terminales de climatización, toldos y sombrillas eficientes.
❌ Exclusión absoluta: No se financia ningún equipo que utilice combustibles fósiles, incluido el gas natural.
Gastos indirectos asociados: Obras de instalación, gestión de residuos, honorarios del técnico para el Certificado de Eficiencia Energética, así como los gastos de asesoría/gestión de la solicitud (máx. 4%) y de la justificación (máx. 7%).
IMPORTE Y MINIMOS
Importes por establecimiento: La ayuda mínima es de 5.000 € y la máxima es de 11.000 € (excluido el IGIC).
Intensidad: Puede cubrir hasta el 100% del coste subvencionable.
Régimen normativo: Se rige bajo el marco de ayudas de minimis, con un límite máximo de 300.000 € por empresa en un período de tres años.
PLAZO DE SOLICITUD, EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN
Fecha de solicitud: Desde el 5 de agosto de 2026 a las 10:00 horas hasta el 30 de septiembre de 2026 a las 15:00 horas.
Criterio de reparto: Concesión directa por estricto orden de presentación de solicitudes completas hasta agotar los fondos. ¡Es vital presentarla lo antes posible!
Retroactividad: Se admiten de forma excepcional gastos realizados desde el 1 de marzo de 2026.
Plazo de ejecución: El equipamiento debe comprarse, instalarse y pagarse en el plazo de 1 mes desde que te notifican la concesión.
Plazo de justificación: 15 días naturales desde que termina el plazo de ejecución.